Catastro establece en su normativa los modos en los que los agentes que operamos con ellos debemos presentar la documentación y planos que queremos tramitar en las Gerencias.
Cuando un técnico presenta un informe con sus respectivos planos, realizado con el objetivo de, por ejemplo, solicitar la subsanación de errores detectados en la planimetría catastral, puede (no es requisito) aportar copia digital del plano en el que queda georreferenciada la parcela levantada respecto a la planimetría catastral. Esto se hace principalmente para facilitar a los técnicos de Catastro su trabajo y para evitar errores y/o imprecisiones derivadas de los procesos de digitalización necesarios para llevar a su base las geometrías trazadas en los planos entregados en soporte papel.
En los modelo 902 de Catastro, por ejemplo, en la hoja de Documentación a Aportar, dice el punto 7:
7.-Planos acotados por cada planta del edificio con distinta distribución, de conformidad con la obra realmente ejecutada. En estos planos se representará cada uno de los locales con uso diferenciado (vivienda, garaje, trastero, etc.), con expresión de las superficies construidas. □ Marque esta casilla si los planos referidos se presentan en soporte informático en formato DXF, DGN, DWG o similar
El conflicto se presenta cuando marcamos esa casilla, porque en efecto estamos entregando copia digital, pero no lo hacemos en «soporte informático» CD-Rom sino mediante un enlace Web (una URL)
La siguiente carta ha sido enviada a Catastro para solicitar que aclaren este extremo, debido a que se están dando una serie de incidencias en los registros de entrada de algunas oficinas catastrales. La carta dice así:
Arrecife, a 28 de octubre de 2014 Estimados Srs. Desde nuestro despacho de Topografía y Cartografía, damos servicios entre otros a propietarios de suelo que necesitan aclarar o solicitar alteraciones sobre sus bienes catastrales. Para ello, elaboramos informes técnicos con los que certificamos las pericias realizadas con el fin de documentar técnicamente dichas solicitudes. Siempre hemos tenido a bien aportar a los informes una copia digital de la documentación y planos elaborados, pues entendemos que es la mejor forma de facilitar a la Gerencia del Catastro y a otras administraciones el trabajo realizado, lo que contribuye a dar transparencia a los procesos y a evitar errores derivados de las tareas tradicionales de digitalización de los planos que se entregan en soporte papel. Por eso, nuestro Informes Técnicos siempre han constado de tres partes básicas: - Memoria: copia en formato papel, encuadernada, de la memoria o certificación técnica del trabajo realizado, documento que va firmado por el técnico responsable del trabajos - Planos: copia papel de los planos elaborados, a escala, firmados y con todos los datos requeridos, entre ellos el plano de georreferenciación del bien objeto de estudio sobre el parcelario catastral. - Copia Digital: un medio para que el usuario final del informe pueda acceder a una copia digital de los planos y/o documentos requeridos por las administraciones, según sea el caso. En los primeros años, aportábamos la “copia digital” en soportes informáticos físicos, primero en disquetes y luego, cuando éstos entraron en desuso, en CD-Rom. Sin embargo, desde hace unos años, lo que entregamos a los clientes dentro del Informe Técnico es un apartado que seguimos llamando igualmente Copia Digital, pero que en vez de contener un CD-Rom, contiene una dirección web o dirección URL a través de la cual se puede accede a la descarga de los ficheros que antes suministrábamos en CD-Rom. Es decir, hemos sustituido el soporte informático físico (disquete, CD-Rom, pendrive, ...) por un soporte informático online (un enlace a una dirección Web o URL). Lo hacemos así principalmente porque el CD-Rom, al igual que los disquetes en su momento, son un soporte en desuso y susceptible de rotura, mientras que los enlaces Web son el presente y el futuro. Además, los CD-Rom son desde un punto de vista económico y de sostenibilidad un despropósito, pues, en la mayor parte de las ocasiones, los ficheros que almacenamos en ellos para trámites catastrales no ocupaban ni un 1% de la capacidad de los mismos, por lo que al usarlos estamos incomprensiblemente desaprovechando un recurso y realizando una mala gestión. En nuestra humilde opinión, el objetivo de la copia digital es facilitar el acceso a la información, garantizando que la misma se aporta como copia de los informes técnicos papel que se entregan, y que esta llegue al usuario final de un modo correcto y quedando claramente acreditada la relación entre el informe papel y la copia digital online aportada. Y eso es justamente lo que certificamos al introducir el enlace Web dentro del informe papel: acreditar que la copia que cuelga de ese enlace digital es la correcta. Normalmente, introducimos esta información en el índice o en la última hoja del informe, señalando en unas pocas líneas qué debe hacer el usuario para descargar los ficheros. Así, en la sección de los Informes Técnicos denominada “Copia Digital”, indicamos la dirección Web (una URL tipo https://www.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx20catastro.dxf que el usuario final debe introducir en su navegador Web para acceder a la descarga del fichero o los ficheros que hemos aportado. En definitiva, hacemos llegar al usuario final la misma información que antes, pero usando una dirección Web para su descarga en vez de un soporte físico. En el ejemplo, lo que el usuario se descargaría sería un plano en DXF que contienen el parcelario catastral de la zona y, sobre él, georreferenciado, el perímetro topográfico de la parcela levantada. Entendemos que es un modo seguro, sencillo y sostenible de aportar esa copia digital del trabajo, y somos nosotros, con nuestra firma en el informe papel, los que nos hacemos responsables de que de ese enlace web cuelga la información correspondiente al informe papel, que es la necesaria para la tramitación que se pretende, del mismo modo (o con más garantías incluso) que lo somos cuando esos datos los aportamos por otros medios. Llevamos operando de ese modo desde hace unos años y, en la mayoría de las ocasiones, no ha habido ninguna pega al respecto, pues los técnicos en la Gerencia hacen uno de eso enlaces sin mayor problema para descargar los planos que necesitan. Sin embargo, han habido algunos casos en los que sí hemos tenido problemas, recibiendo llamadas de clientes que nos indican que que no les admiten el infome por que falta del CD-Rom. Algunos de éstos incidentes se han resuelto satisfactoriamente hablando directamente con el funcionario que está planteando el problema, aclarándole cómo entregamos la copia digital. En otros casos, a la vista de que no aceptan las explicaciones, y por ser práctico, hemos terminado por aportar el CD-Rom que se nos requería, por evitar problemas al cliente. Estos funcionarios, de algunos Puntos de Información Catastral Municipal o de algunas Delegaciones de Hacienda, requieren a los clientes que, si marcan la casilla de «Marque esta casilla si los planos referidos se presentan en soporte informático en formato DXF, DGN, DWG o similar», aporten el CD-Rom con esa información, no queriendo aceptar que esa información, en los formatos requeridos, está igualmente disponible en la URL que se señala en el Informe Técnico, generando con su postura unos trastornos al interesado a nuestro juicio injustificados. Nosotros planteamos que el “soporte informático” al que se refiere la normativa catastral cuando indica los modos en que deben presentarse las instancias, no señala expresamente que tenga que ser un soporte informático físico, sino algo que soporte la información digital. En ese sentido, interpretamos que una dirección Web o URL debe y puede admitirse como un soporte informático (online), con igual o mejor valía que los soportes tradicionales, por lo que debe (y de hecho se hace mayoritariamente) admitirse como válido. Por todo ellos, solicitamos: a) Que se nos informe si aportar la Copia Digital mediante una URL como enlace para descargar la copia digital que se aporta con los Informes Técnicos es o no válido para Catastro; b) En caso de que sí sea válido, que envíen una circular a los puestos de la administración Catastral y a los PIC Municipales que reciben este tipo de solicitudes, informándoles sobre la validez de las URL como soportes informáticos para aportar las referidas Copias Digitales. Atentamente (...)
Desde GEOCOBET, estamos a la espera de la respuesta de Catastro. Daremos aquí cumplida cuenta de la misma.