Se van aclarando las normas de uso de los DRONES¹ en España.
El Consejo de Ministros del pasado 4 de Julio aprobó el Real Decreto-ley 8/2014 que regula temporalmente su uso.
Es sólo un primer paso, pero da oxígeno y salida a un asunto que tenía en jaque a muchas empresas de Ingeniería Topográfica, Cartografía, Geomática, etc., que habían apostado e invertido en estos equipos de trabajo para medición, seguimiento, investiación, …
Es una medida complementaria a la aprobación unos días antes del Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y se modifica el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.
Sin duda, una gran noticia para el sector, aunque habrá que seguir atentos para ver cómo se concreta y materializa todo este asunto.
(1) Existen diferencias entre unos y otros dispositivos que hacen variar su nombre. Ver aquí lo publicado por AERPAS para comprender el por qué de esas diferencias.